resoluciones
El plan de igualdad que decide la adjudicación
La falta de un plan de igualdad vigente e inscrito es una prohibición de contratar objetiva e insubsanable: así lo fija el TARCJA en la Resolución 366/2026.
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La falta de un plan de igualdad vigente e inscrito es una prohibición de contratar objetiva e insubsanable: así lo fija el TARCJA en la Resolución 366/2026.
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Qué puede subsanarse y qué constituye una modificación inadmisible de la oferta: la doctrina reiterada del TACPA en 2026, con el Acuerdo 65/2026 como ejemplo.